El Tribunal Superior de Justicia de Neuquén firmó hoy un convenio de colaboración académica con la Legislatura Provincial mediante el cual la Oficina de la Mujer del Poder Judicial formará un equipo de replicadoras y replicadores en perspectiva de género, violencia de género, trata y explotación sexual para el Poder Legislativo.
Lo anunciaron los Vocales del Tribunal Superior, María Soledad Gennari y Evaldo Moya en la apertura de la capacitación en perspectiva de Género organizada la Oficina de la Mujer.
El Vocal de Juicio y Apelaciones Nº 3 de Paraná, Dr. Daniel J. Malatesta, en carácter de Tribunal Unipersonal, en la modalidad de Juicio Abreviado, declaró a X autor material y responsable de los delitos de Abuso Sexual simple agravado y Abuso Sexual con acceso carnal agravado, todos suscitados en el marco de una situación de Violencia de Género, de los cuales fueran victimas sus hijas menores de edad, y en consecuencia lo condenó a la pena de doce años de prisión.
La Cámara en lo Contencioso Administrativo Nº 1 subrayó la naturaleza política del cargo de los Contadores Municipales, que se desprende de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos y de la Ley Orgánica de Municipios. En un fallo en el que confirmó la remoción de una contadora de la Municipalidad de Colonia Avellaneda, el tribunal expuso que el cargo otorga carácter de "carrera" administrativa, pero tiene un mecanismo de designación y remoción "político", similar al Jury de Enjuiciamiento previsto en el orden provincial. El Tribunal resolvió dos juicios acumulados. En uno confirmó la legalidad de la remoción de la contadora, y en otro, donde se discutió su cesantía como empleada pública por los mismos hechos, ordenó que se se la restablezca en su cargo de planta permanente.
La Sala II de la Camara Primera en lo Criminal de Paraná, en fallo unánime, señaló que no existe elemento alguno que permita concluir certeramente que el Decreto Nº 2136/02 no haya sido emitido válidamente, y por lo tanto resolvió absolver a Oscar Alberto Berón, Rubén Alberto Villaverde, y Enrique Sergio Carbó de los delitos de fraude a la administración pública por administración infiel. La lectura integra de los fundamentos de la Sentencia será el día martes 19 de septiembre, a las 8 hs.
El Instituto “Dr. Juan Bautista Alberdi” presentó su informe de las actividades de formación y perfeccionamiento judicial desarrolladas durante el año 2016 y el primer semestre de 2017. Fueron en total 161 Actividades y Encuentros de Capacitación que contaron con la participaron 203 capacitadores y 2.629 asistentes. A lo largo del año, el Instituto desarrolló campañas de concientización y sensibilización social en relación a conmemoraciones de fechas especialmente relevantes a nivel internacional.
Los Actos de juramento y puesta en posesión de sus cargos de los Dres. Ramón Aurelio Lell y María Soledad Villalonga, se realizarán el 12 de septiembre a las 10 en Alcaraz y a las 11.30 en Federal.
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Será mañana viernes 8 de septiembre, y tiene como fin facilitar las tareas de mudanza y reorganización del organismo en su nuevo domicilio.
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El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos dispuso difundir el ofrecimiento de dos becas completas y cuatro medias becas realizado por la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia de las Provincias Argentinas y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ju.Fe.Jus.), para dos programas de capacitación: “Programa de Litigación Oral Civil” y “Programa de Litigación Oral Penal Profundizado”, ambos a desarrollarse durante el mes de noviembre, que se desarrollarán en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y son organizados por la Asociación “Unidos Por la Justicia”.
El Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay, conformado por los Dres. María Angélica Pivas (que preside la causa), Roberto Javier Cadenas y Darío Ernesto Crespo resolvió condenar al sacerdote Juan Diego Escobar Gaviria a la pena de 25 años de prisión de cumplimiento efectivo, luego de encontrarlo autor material y penalmente responsable de los delitos de “promoción de la corrupción de menores reiterada agravada por su condición de guardador”, en concurso real con “abuso sexual agravado”. El fallo no está firme y puede ser recurido por las partes.
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