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Convocatoria 2017 al "Premio Iberoamericano al Mérito Judicial"

Con el espíritu de reconocer al Juez Iberoamericano que a lo largo de su trayectoria y desempeño en la impartición de justicia, se haya distinguido por acreditar de manera excelente las exigencias establecidas por el Código Iberoamericano de Ética Judicial, la Cumbre Judicial Iberoamericana, a través de la Comisión Iberoamericana de Ética Judicial (CIEJ) CONVOCA:



A los países miembros de la Cumbre Judicial Iberoamericana, a la VI Edición del Premio al Mérito Judicial Iberoamericano, bajo las siguientes:

Bases:

Artículo 1. Objeto. El “Premio Iberoamericano al Mérito Judicial” tiene por objeto distinguir al juez iberoamericano que haya acreditado, de manera excelente, un obrar destacado, a la luz de los valores contemplados (promovidos, que inspiran) el Código Iberoamericano de Ética Judicial.


Artículo 2. Candidatos. Podrá ser candidato al Premio cualquier juez -en actividad o pasividad- perteneciente a los poderes judiciales de los países integrantes de la Cumbre Judicial Iberoamericana; incluso quienes ya hayan sido propuestos en ediciones anteriores.


Artículo 3. Organizaciones proponentes. Cualquier poder judicial o asociación no estatal perteneciente a un país miembro de la Cumbre podrá proponer candidatos. La valoración que, de la personalidad y desempeño del juez, hacen las organizaciones de la sociedad civil que tienen contacto con la Justicia o se ocupan de ella constituirá una referencia esencial para el otorgamiento del premio.
No podrán ser postulados los miembros de la Comisión, el Secretario Ejecutivo, los Consultores ni los Delegados nacionales, mientras ejerzan dichos cargos. No podrán ser proponentes los miembros de la Comisión ni el Secretario Ejecutivo.


Artículo 3. Forma de la presentación. La entidad proponente deberá presentar la candidatura al coordinador nacional o delegado nacional, correspondiente al país del candidato. Deberá acompañarse: a) nota de la entidad o entidades proponentes o avalantes de la candidatura dirigida a la Comisión, b) una carpeta con los antecedentes relevantes del juez que justifican la candidatura, c) un resumen de los antecedentes de no más de 5 páginas, en soporte papel y en soporte electrónico (archivo word), d) una exposición pormenorizada de las acciones o actitudes del candidato que funden la propuesta, habida cuenta del objeto contemplado en el artículo 1 de la presente.
La nota, la carpeta y el resumen serán enviados por el coordinador nacional o delegado nacional a la Secretaría Ejecutiva de la Comisión.
La Secretaría Ejecutiva remitirá a los miembros de la Comisión dichos antecedentes junto con el dictamen previsto en el artículo 5.


Artículo 4. Preselección nacional. Si hubiere más de un candidato por país, el coordinador nacional o delegado, efectuará una preselección y remitirá a la Secretaría Ejecutiva -en lo posible- los antecedentes de uno de ellos. El número de candidatos podrá ser de dos, en caso de que el país cuente con una organización federal.


Artículo 5. Dictamen de la Secretaría Ejecutiva. El Secretario Ejecutivo elevará a la Comisión un dictamen no vinculante en torno a los candidatos recibidos, indicando el nombre y las razones del que estimara merecedor del Premio.


Artículo 6. Información complementaria. La Comisión podrá solicitar a la entidad proponente o bien al coordinador nacional o delegado, precisiones o información complementaria respecto del candidato, como así también efectuar todas las averiguaciones directas o indirectas que estime necesarias a fin de obtener la información indispensable para discernir los méritos del mismo.


Artículo 7. Consulta Previa. De estimarlo conveniente y necesario, la Comisión podrá solicitar a los organismos miembros de la Cumbre del país del candidato un dictamen u opinión respecto del mismo en relación al premio propuesto.


Artículo 8. Jurado. La Comisión oficiará como jurado del Premio y comunicará a la Secretaría Permanente de la Cumbre el nombre del que lo hubiera obtenido, con las razones tenidas en cuenta a tales fines.


Artículo 9. Acto de entrega. El Premio consistirá en una plaqueta y un diploma que serán entregados en formal acto al ganador por la Cumbre Judicial Iberoamericana, reunida en asamblea plenaria. Con la presentación a este premio, el país que la formula asume la carga de solventar los costos del traslado y permanencia del premiado, que haya postulado, para recibir el premio.
La Comisión podrá otorgar diplomas de reconocimiento a los nominados al Premio.


Artículo 10. Cronograma. Los proponentes podrán postular un candidato y enviar sus antecedentes al coordinador nacional o delegado nacional de la Comisión en su país, hasta la fecha que éste determine.
Los antecedentes serán remitidos por el coordinador nacional o delegado nacional a la Secretaría Ejecutiva antes del 30 de septiembre de 2017.


La elección del ganador se efectuará en la duodécima reunión ordinaria de la Comisión, prevista para noviembre de 2017.
La entrega del Premio se realizará en la XIX Cumbre Judicial Iberoamericana, donde oportunamente se establezca como lugar a celebrarse.

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